Gratificación: ¿Cuánto recibe un trabajador si laboró menos de 6 meses?

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Se acerca una fecha importante en el mundo laboral peruano: el pago de la gratificación. Este beneficio económico es un bono adicional dirigido para los trabajadores del sector privado y que los empleadores están obligados a pagar según la Ley N°27735.

La gratificación, que corresponde a un sueldo íntegro, se deposita en julio y diciembre, fechas correspondientes a Fiestas Patrias y las fiestas de fin de año con plazo máximo al día 15 de cada uno de los meses indicados. Además, los afiliados a EsSalud reciben una bonificación extraordinaria del 9%, mientras que los asegurados a una EPS obtienen un 6.75%.

¿Qué pasa si el trabajador laboró menos de 6 meses?

Este beneficio equivale a un sueldo íntegro sin los descuentos de AFP u ONP y su fórmula es: remuneración mensual + asignación familiar + bono EsSalud o EPS.

Sin embargo, existen ciertas condiciones que se deben cumplir para obtener este bono. Una de ellas es que el trabajador haya laborado un semestre completo. Por ejemplo, para la gratificación de Fiestas Patrias, el colaborador debe haber trabajado en el periodo de enero a junio.

Si esto no ocurre, el trabajador recibirá el pago de una gratificación proporcional que equivale a un sexto de su sueldo mensual, más la bonificación del seguro.

Ejemplo práctico

Si un colaborador ingresó el 1 de mayo y su remuneración es de s/1000 el cálculo para determinar su gratificación de julio será:

1000/6= s/166.6

Este resultado se multiplica por los 2 meses laborados (mayo y junio) obteniendo: s/ 333.2

Recuerda que a este resultado se le deben sumar otros conceptos como la asignación familiar, seguro, horas extras, entre otros.

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Multas por incumplimiento de pago

Como apreciamos, los trabajadores del sector privado tienen el derecho de recibir un pago por concepto de gratificación en julio y diciembre.

Por su parte, el empleador está obligado a cumplir con este pago extraordinario. Si no lo hacen hasta el 15 de julio o 15 de diciembre, según corresponda, podrían ser sancionados con montos desde los s/544,5 hasta los s/129294.

Estas multas por infracción grave dependerán del régimen laboral de cada organización y se dividen en tres escalas. La primera es para la microempresa, la segunda para pequeña empresa y la tercera para medianas y grandes empresas. Asimismo, la multa se calculará dependiendo del número de trabajadores afectados.

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Lectura recomendada:

CTS y gratificación: ¿Cómo automatizar su cálculo?

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